REQUISITOS DE ACCESO
Los requisitos legales mínimos para el ingreso en cualquiera de los preogramas de doctorado son los que se especifican en el apartado "Acceso de nuevos doctorandos" en este enlace.
PERFIL DE INGRESO RECOMENDADO
Se recomienda que los estudiantes hayan cursado estudios de grado o licenciatura, y máster en la rama de Ciencias de la Salud, Ciencias de la Actividad Física y el Deporte, Ciencias Sociales, Economía o Administración y Dirección de Empresas, preferentemente en el campo sociosanitario y del deporte o relacionado con dichos campos. Además, también tendrán preferencia los estudiantes procedentes de la rama de Ingeniería especializados en Telecomunicaciones.
Criterios generales y específicos:
- Criterio general: estar en uno de los supuestos del artículo 6 del RD 99/2011, de 28 de enero.
- Criterios específicos:
- Haber superado títulos oficiales de Máster Universitario en Investigación Sociosanitaria, en Ciencias del Deporte, en Ingeniería de la Comunicación u otros de mismo nivel y/o temáticas/competencias afines. O bien, estar en posesión del Diploma de Estudios Avanzados (DEA) obtenido de acuerdo con lo dispuesto en el RD 778/98.
- Los titulados/as universitarios que, previa obtención de plaza en formación en la correspondiente prueba de acceso a plazas de formación sanitaria especializada, hayan superado con evaluación positiva al menos dos años de formación de un programa para la obtención del título oficial de alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud.
- En consonancia con los requisitos establecidos por la Universidad de Castilla-La Mancha para sus títulos de grado y máster, será requisito de acceso el conocimiento de la lengua inglesa en su nivel B1 o superior.
CRITERIOS DE ADMISIÓN
Una vez cumplidas las condiciones exigidas legalmente para el acceso, la Comisión Académica del Programa de Doctorado, que estará compuesta un coordinador y un mínimo de cuatro doctores y un máximo de ocho, se ocupará de realizar la selección y admisión del alumno de acuerdo con los siguientes criterios, que han sido establecidos teniendo en cuenta el artículo 7 del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero:
- Calificaciones obtenidas en el grado. Ponderación: 45%
- Calificaciones obtenidas en el máster. Ponderación: 35%
- Demostrar, por cualquier vía reconocida oficialmente, que se poseen un nivel B2 o superior de lengua inglesa y española, en base al sistema del Marco Común Europeo, que permita abordar sin dificultad el desarrollo del Programa de Doctorado. Ponderación: 5%
- Otros: experiencia investigadora a través de contratos y becas, y publicaciones científicas referenciadas. 15%
Se requerirá una puntuación mínima de 60% para la admisión en el programa.
Así mismo, los miembros de la Comisión Académica tendrán en cuenta las siguientes consideraciones:
- Para la valoración de los Graduados en Medicina que no hayan cursado un Máster Universitario, se tendrán en cuenta las calificaciones obtenidas en la titulación de Grado, tanto para el punto 1, como para el punto 2.
- Solicitantes de habla no hispana: solicitud de la acreditación de un nivel B2 o superior de lengua inglesa y española, en base al sistema del Marco Común Europeo.
- Solicitantes con discapacidad con necesidades educativas especiales: establecimiento de servicios de apoyo y asesoramiento, así como la posibilidad de adaptar el itinerario propuesto.
- Solicitantes al doctorado con dedicación a tiempo parcial: valoración de cada caso de la justificación y conveniencia de realizar los estudios con ese grado de dedicación.
- Estudiantes de doctorado que soliciten cambio de grado de dedicación: valoración de cada caso de la justificación y conveniencia de realizar dicho cambio.
En caso de que la demanda de estudiantes supere la oferta de plazas, los estudiantes serán seleccionados por orden decreciente de puntuación.