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Modificación y/o ampliación de matrícula del curso académico 2024/25

24/06/2024
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Modificación y/o ampliación de matrícula del curso académico 2024/25

24/06/2024

Cualquier solicitud de modificación de matrícula (motivada por la imposibilidad de realizar cambios desde la aplicación de auto matrícula) y/o ampliación de matrícula (siempre que esta ampliación no supere el número máximo de créditos establecido en la vigente Normativa de progreso y permanencia en los estudios de Grado y Máster de la UCLM, publicada en el DOCM nº 14 del 21 de enero de 2022), deberá presentarse en registro, mediante escrito motivado y justificado dirigido al Centro, al que se añadirá la documentación justificativa del motivo alegado, la copia de la matrícula del curso académico 2024/2025 y la copia del documento de identidad.

El plazo de entrega de instancias finaliza el día 11 de septiembre de 2024, fecha fijada y publicada por la Universidad de Castilla-La Mancha como fin del período oficial ordinario de matrícula del actual curso académico 2024/2025 en el siguiente enlace a la web: 5-Modificacion_anulacion (uclm.es)

Los modelos de instancia para solicitar modificaciones y/o ampliaciones de matrícula están disponibles en el siguiente enlace a la página web del centro: Estudiante de la Facultad : Impresos (uclm.es)

La entrega de estas instancias se realizará exclusivamente a través del Registro.

Dentro del ámbito de la UCLM, puede entregar su instancia/solicitud cumplimentada y firmada, junto con la documentación referida (justificantes, copia de matrícula del curso 2024/2025 y copia del documento de identidad):

  • Presencialmente en cualquier oficina de asistencia en materia de Registro de la UCLM. La información sobre su localización y horario de atención está publicada en el siguiente enlace a la página web de la UCLM: Registro General (uclm.es)
  • Presencialmente, en el Decanato del centro, en horario de registro (entre las 09:00 y las 14:00 horas).

Fuera del ámbito de la UCLM puede registrar su solicitud en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.

No se admitirán desistimientos de la solicitud de modificación/ampliación una vez se haya notificado la resolución.

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